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Liquida el contrato de un empleado
Cómo registrar el retiro de un empleado en Klopi: cesantías, intereses, prima, vacaciones pendientes e indemnización, que salen en la nómina del mes en que se va.
Índice del artículo
Cuando un empleado se va —renuncia, lo despides, se termina su contrato—, hay que pagarle lo que se le debe hasta ese día: cesantías, intereses, la prima del semestre, las vacaciones que no disfrutó y, si lo despediste sin justa causa, una indemnización. En Klopi lo dices una vez en su ficha y la liquidación sale en la nómina del mes en que se retira.
Antes de empezar
- Por defecto, liquidan contratos el Propietario, el Administrador y el Contador.
- Ten claros el último día de trabajo y el motivo.
- Si es a término fijo y lo despides sin justa causa, ten la fecha en que terminaba el contrato.
Registra el retiro
- Entra a En Klopi: Nómina, luego Empleados y abre al empleado.
- Haz clic en Liquidar contrato.
- Escribe el Último día de trabajo.
- En ¿Por qué se va?, elige Renunció, Lo despediste sin justa causa, Lo despediste con justa causa, Se terminó el contrato o Mutuo acuerdo.
- Si lo despediste sin justa causa y el contrato es a término fijo, revisa ¿Hasta cuándo iba el contrato?.
- Haz clic en Liquidar contrato.
El empleado queda Se retira y verás Listo. La liquidación sale en la nómina de ese mes. Si te equivocaste, haz clic en Deshacer retiro.
Qué calcula Klopi
| Concepto | Cómo |
|---|---|
| Cesantías | Base × días trabajados en el año / 360 |
| Intereses de cesantías | Cesantías × 12 % × días / 360 |
| Prima | Base × días del semestre / 360 |
| Vacaciones no disfrutadas | Salario / 30 × días pendientes (15 por año menos los que tomó) |
| Indemnización (solo sin justa causa) | Término indefinido: 30 días por el primer año y 20 por cada año más (20 y 15 si gana 10 salarios mínimos o más). Término fijo: lo que faltaba del contrato. Obra o labor: Klopi calcula el mínimo de 15 días; si faltaba más de la obra, escribe la cifra en el desprendible |
La base de cesantías y prima es el último salario (o el promedio del periodo, si cambió en los últimos tres meses) más el auxilio de transporte (o el de conectividad, si teletrabaja o trabaja en casa) y el promedio de lo variable. Los días de permiso sin pago se descuentan.
Ejemplo: salario $2.000.000, ingresó el 1 de enero de 2025 y se va el 15 de septiembre de 2026 despedido sin justa causa → base $2.249.095; cesantías $1.593.109, intereses $135.414, prima $468.561, 25,6 días de vacaciones y una indemnización de 44,17 días.
Qué pasa después
- En la nómina de ese mes, el empleado sale con los días hasta el retiro y las líneas de la liquidación. Revísala antes de aprobar.
- Si ya habías liquidado meses posteriores y están en borrador, Klopi lo saca de ellos para no pagarle un mes que no trabajó.
- Si tu contador tiene otra cifra de indemnización, escríbela en el desprendible de ese mes, en Indemnización (si tu contador tiene otra cifra).
- Al aprobar, cada prestación se paga de lo que estaba provisionado para ese empleado y lo que falte va al gasto. El empleado queda Retirado desde el mes siguiente.
- Retención: la prima y las vacaciones de la liquidación entran en la base de retención del mes, y la indemnización de quien gana más de 10 salarios mínimos retiene el 20 %.
- Si reabres esa nómina, el empleado vuelve a quedar activo hasta que la apruebes otra vez.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el empleado se va a mitad de mes?
Klopi lo liquida con los días hasta su último día de trabajo, en la nómina de ese mes. La nómina del mes se sigue aprobando y pagando al cierre, como siempre.
¿Por qué no me deja liquidar el contrato?
Porque ya aprobaste la nómina de ese mes, o de uno posterior, con este empleado. Reábrela, liquida el contrato y vuelve a aprobarla.
¿La renuncia también paga indemnización?
No. La indemnización solo aplica cuando el empleador termina el contrato sin justa causa.
¿Cómo le pago la liquidación?
Aprueba la nómina del mes y registra el pago. El valor de la liquidación va incluido en lo que recibe ese mes.
Norma relacionada
- Código Sustantivo del Trabajo, artículo 64: la indemnización por terminación del contrato sin justa causa.
- Código Sustantivo del Trabajo, artículos 249 y 253: las cesantías y su base.
- Código Sustantivo del Trabajo, artículo 306: la prima de servicios.
- Artículo 401-3 del Estatuto Tributario: la retención del 20 % sobre indemnizaciones de quien devenga más de 10 salarios mínimos.
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